La manada en libertad

La manada en libertad

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La última decisión de la Audiencia Provincial de Navarra que juzgó y condenó a nueve años de cárcel a los cinco autocalificados cuadrúpedos de la “manada”, ahora los deja en libertad hasta que haya sentencia firme, obligándonos a reflexionar sobre el distanciamiento que existe entre algunas sentencias judiciales y el común sentido de los mortales.

No cabe negar la legalidad de la decisión tomada por el tribunal en aplicación de las leyes vigentes, pero también es cierto que cuando las sentencias judiciales no son comprendidas ni compartidas por los ciudadanos, algo habrá que hacer para conciliar ambas posturas en un Estado Democrático de Derecho.

Tal vez, todo empezó cuando el tribunal calificó de “abuso sexual” en vez de “agresión sexual” como pedían el fiscal, las acusaciones y los habitantes de la piel de toro desde Gata a Finisterre, opinando que se trataba de una agresión en toda regla, preludio de importante protesta social, por incomprensión popular de la sentencia dictada por los altos magistrados del tribunal.

Los altos magistrados que sentenciaron y ahora dejan en libertad a los cinco animales de rebaño, -según propia definición de los condenados autodefiniéndose como “manada”-, juzgaron que hubo abuso en los actos que realizaron, y no agresión, tal vez porque la sangre no corrió entre las piernas de la joven, ni hubo desgarraduras vaginales, ni perforaciones intestinales, ni lesiones en la glotis, ni la chiquilla clavó las uñas en los de los garañones, ni cortó el pene a los depredadores.

La ignorancia jurídica que nos asiste a los disconformes con la decisión tomada, impide ver el margen de interpretación que cabe a los magistrados sobre los hechos relatados por ellos mismos en su sentencia, pues no alcanzamos a comprenderlos, ni dónde están las dudas, ni cuál debe ser la actitud del Consejo General del Poder Judicial con los jueces, ante la sentencia dictada por los detestables hechos acontecidos la noche del 7 de julio de 2016 en el portal número 5 de la pamplonesa calle Paulino Caballero.

Cuando el Derecho Penal se opone a la capacidad comprensiva de los mortales; cuando la interpretación judicial es contraria a la lógica natural; y cuando las sentencias son incomprendidas por el pueblo, urge modificar las normas jurídicas para evitar interpretaciones judiciales contrarias a las concepciones que los ciudadanos tenemos de la vida y los delitos.

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