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DESOBEDIENCIA CIVIL

DESOBEDIENCIA CIVIL

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La desobediencia civil, consecuencia de la objeción de conciencia, es el rechazo de las personas a cumplir determinadas leyes y órdenes, por considerarlas contrarias a sus convicciones personales forjadas en principios éticos o religiosos. Fundamentos disconformes con exigencias impuestas por leyes y mandatos externos, que determinan la desobediencia civil del objetante, sin cometer delito por someter ordenanzas humanas a dictados naturales de la conciencia.

Eso ha hecho el bombero que ayer se ha negado a cizallar las cadenas de acceso a la vivienda de una anciana de 85 años que iba a ser desahuciada, ante la cara de asombro de los policías y agentes judiciales que reclamaron su presencia, y el aplauso de los ciudadanos solidarios que se oponían al desahucio. Nuevo brote verde de rebeldía e insumisión a órdenes que pretenden malversar la conciencia personal de cada cual,  preludio de próximas desobediencias si las autoridades se empecinan en seguir por el camino que han tomado.

La Constitución recoge en su artículo 30 este derecho ciudadano, pero sólo en el ámbito del servicio militar, olvidando que la conciencia personal va más allá de negarse a disparar balas contra otro ser humano, porque existen otras formas de matar o mutilar al vecino, sin necesidad de pegarle un tiro en el pecho o volatilizarlo de un bombazo.

¿Puede obligarse a un cirujano a dejar abandonado en la puerta del quirófano a un enfermo sin “papeles”? ¿Debe condenarse a un soldado por negarse a cumplir órdenes de matanza opuestas a su conciencia? ¿Merece castigo un bombero por cumplir su código deontológico, desobedeciendo mandatos que considera inmorales?  ¿Puede inhabilitarse a un policía por negarse a golpear ciudadanos que piden pan, trabajo y justicia o apartarle del servicio por disparar al aire pelotas de goma en vez de hacerlo a los ojos de quienes defienden los intereses del propio policía que los mutila? ¿Puede obligarse a un juez a dictar sentencia de desahucio contra un desposeído, basándose en una ley añeja que colisiona con su ética personal y su desacuerdo legal?

La objeción de conciencia provoca una dolorosa confrontación entre dos normas desiguales en su ámbito de influencia, pero con igual mérito, validez e influencia sobre las personas: la norma legal impuesta por la sociedad; y el código ético personal que determina los comportamientos individuales.

Existe un choque frontal entre el derecho objetivo y la norma subjetiva. El primero con más tinte de racionalidad que el segundo, aunque éste aventaje en convicción y compromiso al primero, amparándose en la Declaración de los Derechos Humanos y en  decretos naturales contrarios a ordenanzas legales, sean éstas las que fueren.

Los que pretenden someter la objeción de conciencia a las leyes comunes, alegando los valores democráticos que las dictan, olvidan que los ciudadanos no estamos sometidos a la disciplinas contrarias a nuestro código moral de conducta, ni obligados a claudicar ante el patrioterismo de poltrona y chequera, pretendido por demagogos que llenan sus bocas con palabras que contradicen los comportamientos y actitudes que manifiestan.

Los demócratas hemos de acabar con esa lacra de patrioterismo y democratismo, con que pretenden adoctrinarnos y domesticarnos para evitar la rebelión y acrecentar la sumisión, a base de amenazas, pelotazos, garrotazos y leyes que benefician a los mantenedores del sistema.

Quienes dan las órdenes no siempre tienen razón, y es obligación ciudadana oponerse a ellas cuando el daño que generan a los vecinos lo aprovechan unos cuantos pescadores en este río revuelto cargando las redes de beneficios personales que aliviarían poblaciones enteras, como es de todos conocido, sin necesidad de dar nombres de los depredadores, porque están en boca de todos.