¿ABUSO O VIOLACIÓN?
La última sentencia judicial del tribunal de la Audiencia Provincial de Navarra que ha juzgado a la manada, obliga a clarificar el oscuro concepto de violación para evitar interpretaciones subjetivas de jueces que lleven a la protesta social por incomprensión popular de sentencias dictadas por altos magistrados.
El diccionario académico define la violación como acceso carnal con alguien en contra de su voluntad o cuando se halla privado de sentido o discernimiento. Algo que repite la enciclopedia jurídica, asegurando que es el más grave delito contra la libertad sexual, añadiendo que tal exceso puede ser vaginal, anal o bucal.
Los altos magistrados que han sentenciado a la “manada” juzgaron que hubo abuso sexual en los actos que realizaron, y no violación, sencillamente porque la sangre no corrió entre las piernas de la joven, ni hubo desgarraduras vaginales, ni perforaciones intestinales, ni lesiones en la glotis, ni la chiquilla clavó las uñas en los ojos de los garañones, ni cortó el pene a los depredadores.
Algo no funciona bien en un Estado de Derecho, cuando la máxima autoridad judicial asegura que a la cárcel solo van los robagallinas y los ciudadanos de tal Estado perciben el Derecho torcido, retorcido y alejado del natural sentido común, estando obligados los poderes del Estado a tomar medidas urgentes, porque de lo contrario estamos abocados a un Estado de Deshecho.
La ignorancia jurídica que nos asiste a los disconformes con la sentencia dictada, impide ver el margen de interpretación que cabe a los magistrados sobre los hechos relatados por ellos mismos en su sentencia, pues no alcanzamos a comprender lo incomprendido por ellos, ni dónde están las dudas, ni cuál debe ser la actitud del Consejo General del Poder Judicial con esos jueces, ante la sentencia dictada por los detestables hechos acontecidos la noche del 7 de julio de 2016 en el portal número 5 de la pamplonesa calle Paulino Caballero.
Cuando el Derecho Penal se opone al sentido común de los mortales, su interpretación es contraria a la lógica convencional y las sentencias son incomprendidas por el pueblo, urge modificar dicha norma jurídica para evitar interpretaciones judiciales contrarias a la concepción ciudadana de la vida práctica.